Medidas de apoyo al sector agropecuario

Sector lácteo

1- Constitución del Fondo de Garantía Lechero

Uno de los principales problemas del sector es, más allá de su nivel de endeudamiento, el perfil del mismo, con plazos de repago generalmente de corto plazo, es por ello que se pretende generar un Fondo de Garantías que permita reperfilar las deudas con el sector financiero, pero también con las industrias lácteas y con proveedores de insumos y servicios agropecuarios.

La posibilidad de acceder a créditos de instituciones de microfinanzas para cancelar deudas con proveedores de insumos y servicios, al igual que el incremento del capital máximo del fondo de US$ 30 millones a US$ 36 millones, surge de cambios introducidos al proyecto de ley enviado originalmente por el Poder Ejecutivo en función de la interacción con actores del sector.

También se deja abierta la posibilidad de que el Fondo pueda generar garantías para proyectos que impulsen la mejora de la eficiencia y la competitividad y que estén vinculados a la reconversión tecnológica, factor fundamental del siglo XXI.

Se estima que este fondo podrá ser utilizado por aproximadamente dos mil ochocientos productores.

2 – Extensión de rebaja en la tarifa eléctrica

Se extenderá por el período Enero-Marzo de 2018 la rebaja del 15% de la tarifa de energía eléctrica para el sector lácteo (3.600 productores de leche e industría láctea), esta medida ya fue implementada en el segundo semestre de 2017.

3 – Congelación de renta para los productores familiares lecheros arrendatarios de tierras del Instituto Nacional de Colonización.

Se mantendrá el valor de la renta lechera del INC aplicada a vencimientos de Octubre-Noviembre 2017 (1.859 $/Ha Coneat 100/año) para el vencimiento Abril-Mayo 2018.
Esta medida alcanza a 1.050 productores familiares lecheros arrendatariso del INC.

4 – Rebaja del costo del gasoil a través de devolución del IVA

Los productores que no tributen por IRAE podrán acceder a una devolución total del IVA incluido en las compras de gasoil que realicen en el desarrollo de sus actividades productivas. Este beneficio entrará en vigencia el 1 de marzo de 2018 por plazo de un año.

Sector arrocero

1 – Rebaja de tarifa eléctrica para regantes

Ya está establecida para el período Noviembre 2017 – Marzo 2018 una rebaja del 15% de la tarifa de energía eléctrica a los productores regantes. Esto beneficia aproximadamente a 350 productores (80% arroceros y el resto de otros rubros).

2 – Rebaja de tarifa eléctrica para industrias arroceras

Se establecerá una rebaja del 15% de la tarifa eléctrica para la industria arrocera, con la condición de que esa rebaja sea trasladada a reducción de costos para los productores arroceros.
Esta rebaja se otorgará por un período de tres meses, determinando en conjunto con el sector el momento de aplicación.

3 – Rebaja del costo efectivo del gasoil a través de devolución de Iva

Los productores que no tributen por IRAE podrán acceder a una devolución total del IVA incluido en las compras de gasoil que realicen en el desarrollo de sus actividades productivas. Este beneficio entrará en vigencia el 1 de marzo de 2018 por plazo de un año.

Sector hortifrutícola

1 – Rebaja del costo efectivo del gasoil a través de devolución de IVA

Los productores que no tributen por IRAE podrán acceder a una devolución total del IVA incluido en las compras de gasoil que realicen en el desarrollo de sus actividades productivas. Este beneficio entrará en vigencia el 1 de marzo de 2018 por plazo de un año.

 

Rebaja del Gasoil

Rebaja del costo efectivo del gasoil a través de devolución del IVA

Los productores lecheros, arroceros y de flores, hortalizas y frutas que no tributen IRAE, podrán acceder a una devolución total del IVA incluído en las compras de gasoil que realicen en el desarrollo de sus actividades productivas. Este beneficio entrará en vigencia el 1 de marzo de 2018 por un plazo de un año.

Se estima que 90% de los productores (aproximadamente cinco mil quinientos) de estos tres sectores estarán alcanzados por la medida.

Las devoluciones se instrumentan en efectivo a través de cuenta bancaria o por redes de cobranza, y el procedimiento diseñado no implica que los productores incurran en costos de cumplimiento; no tienen que presentar ninguna declaración. El procedimiento se apoya en la plataforma de factura electrónica, lo que permite que estas devoluciones estén focalizadas específicamente en el universo de productores que es objeto de este beneficio.

Instrumentación:

Las ventas de gasoil realizadas a estos productores por parte de estaciones de servicio y distribuidores deberán documentarse en facturas en las que el único producto debe ser gasoil. La factura deberá tener el número de RUT del contribuyente (productor) beneficiado.

Los vendedores documentarán estas ventas en Comprobantes Fiscales Electrónicos (CFE). Transitoriamente, se permitirá a vendedores que no sean emisores electrónicos a detallar estas ventas a través de un formulario informativo (form. 2181), pero se establecera un plazo a partir del cual estas ventas solamente podrán documentarse a través de CFE.

El MGAP en coordinación con la DGI, determinará el universo de productores beneficiados.
Se establecerá un tope al uso de este beneficio como un porcentaje de los ingresos registrados en el ejercicio anterior. Dicho tope se calculará para cada rubro de acuerdo al uso efectivo de gasoil de cada sector (datos MGAP-DGI).

La DGI publicará una consulta en su sitio web que permitiría que los productores verifiquen si son sujetos del beneficio y que tope anual les corresponde, para lo cual deberán obtener una clave (PIN) en las redes de cobranza.

Con frecuencia mensual, la DGI controlará en cada caso que el usufructo del beneficio no supere el tope establecido. Concluido ese control, la devolución se realizará en efectivo, a través de cuenta bancaria o por redes de cobranza, de acuerdo a disposiciones vigentes. Las devoluciones se efectuarán entre el día 15 y el día 20 del mes siguiente al que se efectivizaron las compras.

Esta medida implica para los beneficiarios una rebaja efectiva del 18,03% en el precio del gasoil.

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